RESIDENCIA FISCAL EN ESPAÑA
El Ministerio de Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las directrices del Plan Anual de Control Tributario para el año 2024.
En lo que se refiere al control de patrimonios relevantes, explica el BOE, la experiencia acumulada ha permitido poner de manifiesto la existencia de “conductas extremadamente lesivas” para los intereses de la Hacienda Pública relacionadas con la simulación de la residencia fiscal fuera del territorio español, especialmente en casos de personas físicas de alto patrimonio que logran una tributación efectiva inferior a la debida.
La Agencia Tributaria, por ello, se fijará en aquellos obligados tributarios que, residiendo de hecho en España, “sitúan ficticiamente su residencia en otros territorios, señaladamente de baja tributación”. También se focalizará la comprobación en esas personas no nacionales que eligen residir en España pero que no tributan por su renta mundial, “sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta obtenida o generada en España”.
Las Autoridades Fiscales señalan que “se ha observado también que un cierto número de personas no nacionales eligen vivir en España, estableciendo su residencia habitual en territorio español, permaneciendo en él durante más de 183 días del año natural, pero no comienzan a tributar como residentes por su renta mundial, sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta obtenida o generada en España. Estos comportamientos serán objeto de comprobación”.
Durante el año 2024 continuarán las labores de investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos como HNWI (High Net Worth Individuals) o UHNWI (Ultra High Net Worth Individuals), para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran.
En este contexto, desde Lullius Partners, recomendamos encarecidamente a nuestros clientes que verifiquen el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Este paso proactivo ayudará a evitar posibles comprobaciones por parte de las Autoridades Fiscales españolas y garantizará el cumplimiento normativo.
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